El TJUE ha vuelto a declarar que si las cláusulas de gastos al consumidor son abusivas, los bancos deberán devolver todos los gastos
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) declaró que, si la cláusula de imposición de gastos al consumidor es abusiva, deben devolverse todos los gastos. El tribunal no puede decidir el reparto de los gastos, y se deben devolver todos los que no correspondía pagar al consumidor. La sentencia, no obstante, establece excepciones, de manera que si la ley establece quien debe asumir los gastos, habrá que atenerse a ésta.
Por tanto, una vez declarada abusiva la cláusula de imposición de gastos, los consumidores podrán recuperar todos los gastos de notario, registro, gestoría y tasación pagados en su momento. Según Asufin la factura de la banca por asumir la totalidad de las costas de los pleitos de cláusulas abusivas podría elevarse a 1.500 millones de euros, teniendo en cuenta los asuntos ingresados en los juzgados de cláusulas abusivas que suman alrededor de 470.000 desde 2017 y la media del importe por costas a aplicar a los mismos de 3.000 euros. Una cifra que podría llegar hasta los 2.250 millones si recurre a la Audiencia Provincial.
Los bancos han pagado 2.275 millones de euros a los clientes por las reclamaciones de las cláusulas suelo hasta el 31 de marzo de 2020,según el último informe de la Comisión de Seguimiento, Control y Evolución del Banco de España. La cifra supone un un importe medio devuelto de 4.526,87 euros por cada solicitud estimada.
¿CÓMO RECLAMAR?
Las costas procesales son los gastos en los incurren cada una de las partes involucradas en un juicio y que son inherentes al proceso: notificaciones, tasas así como los gastos de asistencia letrada (coste del abogado y procurador). Teniendo en cuenta que son procedimientos ordinarios, de cuantía indeterminada, la media entre todas las comunidades autónomas de 3.000 euros aproximados pero si se determina en base al interés económico del pleito, se elevaría notablemente en los casos de suelo, hipoteca multidivisa o IRPH. Además, si el banco recurre a la Audiencia Provincial se incrementa un 50%.
Asufin ha calculado cuánto sería el importe medio de una reclamación, sin contar intereses legales, y la cifra puede ascender a 1.274,31 euros:
De esta manera, el consumidor deberá acercarse a un despacho de abogados o alguna asociación de consumidores para poder comenzar su reclamación. El consumidor deberá tener toda la documentación de la hipoteca (factura de la notaría, del registro, de la gestoría y de la aceptación), “porque lo que se reclama es todos los costes del préstamo hipotecario”, señalan desde Asufin. Lo primero que tienes que hacer es reclamar en la entidad.
Unos 8 millones de consumidores podrían reclamar las cláusulas abusivas, según han calculado desde Asufin, es decir, todos las hipotecas en las que los consumidores pagaron los costes del préstamo. Además, esta sentencia establece que se puede reclamar la comisión de apertura en su totalidad, “te puede suponer más dinero que los gastos, porque es un porcentaje de la cantidad del préstamo”. Es un tema generalizado, todas las hipotecas han tenido estos gastos, “no es algo como la hipoteca multidivisas o la cláusula suelo”, señalan desde Asufin. “Las probabilidades de éxito son del 100%, con lo cual no hay dudas para reclamar”, añaden.
Con la sentencia del TJUE, los gastos de la hipoteca han de ser devueltos en su integridad, si la cláusula ha sido declarada nula, salvo que haya normas o leyes que impongan al consumidor el pago de alguno de los gastos, o que diga que se hayan de repartir entre las partes.
Las asociaciones señalan que hay que tener en cuenta que a pesar de la comisión de apertura esté incluida en el coste total de un préstamo hipotecario, no significa que sea un prestación esencial del mismo. Los jueces deben analizar si dicha comisión responde a servicios efectivamente prestados o gastos realizados, de lo contrario, como es lo habitual, no es transparente y debe declararse nula.
Fuente: byzness.elperiodico.com/