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Se pide al TJUE que sea «preciso y contundente» en su resolución sobre el IRPH en Europa.

El índice de referencia de préstamos hipotecarios (IRPH) vuelve a ser objeto de controversia en España. Un juzgado de Mallorca ha elevado por tercera vez la cuestión al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y ha solicitado que su resolución sea “contundente, clara y precisa”. La sentencia del TJUE dictaminó que para que la cláusula IRPH sea transparente, el consumidor debe recibir información clara y suficiente que le permita entender las condiciones y consecuencias económicas del mismo. Además, instó a los jueces nacionales a analizar en cada caso el carácter oscuro y abusivo de esta cláusula en los préstamos hipotecarios.

Sin embargo, el 28 de enero de 2022, el Tribunal Supremo emitió una nueva sentencia en favor de los bancos. En su breve fallo, sorprendentemente, evita el control de transparencia y abusividad del IRPH al dar por válido el índice de forma general, sin analizar las circunstancias particulares de cada consumidor al que se le impone esta cláusula.

En IBERLEGAL, estamos comprometidos a agotar todas las instancias legales nacionales y europeas para que se escuche la voz del consumidor y se defiendan sus derechos. Nuestra postura es compartida por muchos jueces, abogados y expertos en derechos del consumidor. Esta jueza, por ejemplo, ha presentado por tercera vez la cuestión del IRPH al TJUE, formulando quince preguntas para obtener una resolución contundente y evitar que el Tribunal Supremo haga interpretaciones como las que ha venido haciendo hasta ahora.

Por lo tanto, recomendamos no firmar ningún documento relacionado con el IRPH con el banco sin que lo haya examinado un abogado experto. Es probable que al aceptar la propuesta del banco o entidad financiera, esté renunciando a la posibilidad de emprender acciones legales y, además, puede no ser el acuerdo que más le favorezca a usted, sino al banco. Use nuestra calculadora para saber cuánto le corresponde recuperar.

¿QUE ES EL IRPH?

El IRPH es el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios confeccionado por el Banco de España, y es uno de los tipos de interés más utilizados en España junto con el Euribor. Las hipotecas referenciadas a este índice tienen un tipo de interés elevado, que se calcula haciendo una media de los intereses aplicados por cajas de ahorro y bancos. Sin embargo, existe la sospecha de que los bancos no han sido transparentes en su comercialización. Este asunto ha sido llevado al ámbito de la Unión Europea después de que el Tribunal Supremo español no lo considerara abusivo.

Tras declarar nulo el IRPH, un juez nacional otorgará a los consumidores la opción de elegir entre mantener el préstamo con un índice sustitutivo o resolver el contrato. La sustitución por otro índice se aplicará desde la firma de la hipoteca en el caso de declaración de nulidad del IRPH. Además, los efectos de esta sentencia no tendrán limitaciones temporales, lo que significa que todos los clientes afectados podrán reclamar íntegramente las cantidades pagadas en exceso en los préstamos con IRPH.

¿QUE SE RECLAMA?

Tras declarar nulo el IRPH, un juez nacional otorgará a los consumidores la opción de elegir entre mantener el préstamo con un índice sustitutivo o resolver el contrato. La sustitución por otro índice se aplicará desde la firma de la hipoteca en el caso de declaración de nulidad del IRPH. Además, los efectos de esta sentencia no tendrán limitaciones temporales, lo que significa que todos los clientes afectados podrán reclamar íntegramente las cantidades pagadas en exceso en los préstamos con IRPH.

Para ilustrar la magnitud de los posibles beneficios para los clientes, como ejemplo, en una hipoteca de 170.000 euros a devolver en 25 años, con un tipo de interés variable de IRPH + 0,8% de diferencial, una familia podría recuperar hasta 38.000 euros.

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