IRPH: «el afectado tendría derecho a que le devolviesen todo lo que ha pagado y el banco no tendría derecho a nada»

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El abogado responsable de la sentencia del TJUE, José María Erauskin, ha presentado un escrito ante el tribunal europeo con alegaciones en las que explica lo que está ocurriendo en la Justicia española tras la sentencia del 3 marzo

José María Erauskin es el abogado responsable de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y el especialista en derecho bancario que lleva ya más de una década luchando contra la banca por las cláusulas abusivas, entre las que se encuentra el IRPH.

Tras ver lo que está ocurriendo en los tribunales españoles, sobre todo en determinadas secciones pro banca de diferentes Audiencias Provinciales, ha enviado un escrito de alegaciones al TJUE en el que muestra su preocupación por la interpretación que están dando los magistrados y magistradas de la jurisprudencia europea.

«Los jueces no suelen preguntar al consumidor qué hacer en los incidentes de ejecuciones hipotecarias o en asuntos sobre IRPH», afirma en el escrito como una muestra de la peculiar que tienen determinados jueces de interpretar lo indicado por el TJUE y, en algunos casos, de manera totalmente opuesta a lo que señala la sentencia del 3 de marzo en referencia al IRPH.

La razón por la que Erauskin ha dirigido este escrito al TJUE porque hay que tener en cuenta que «no existe un sistema de seguimiento de sus resoluciones por parte de un TJUE que cree en la sensatez y sometimiento de los jueces nacionales al principio de jerarquía de las normas comunitarias y jurisprudencia del TJUE», lo cual deja a los jueces pro banca un escenario libre y sin control para no aplicar lo indicado por el tribunal europeo, cuya jurisprudencia es prevalente respecto a la generada por el Tribunal Supremo. Sin embargo, Erauskin considera que «dicha presunción que no cabe imaginar en el caso de la mayoría de órganos judiciales españoles, es por lo que ponemos estos hechos en su conocimiento a fin de que adopte las medidas que entiendan adecuadas».

Esto es importante, ya que, según el abogado, son ya muchos los jueces españoles que no están teniendo en cuenta la jurisprudencia del TJUE en sus resoluciones del IRPH y, en los casos en los que declaran abusiva este índice lo sustituyen por Euribor sin preguntar al afectado si quiere ese cambio o la nulidad, lo cual continúa favoreciendo a la banca y es contrario a la jurisprudencia europea.

Según Erauskin, «el consumidor tendría derecho a que le devolviesen todo lo que ha pagado y el banco no tendría derecho a nada, porque éste es el responsable de la nulidad al interponer la cláusula abusiva».

Sin embargo, la decisión adoptada por la Audiencia Provincial de Toledo ha dado un giro radical a las causas de IRPH al confirmar la nulidad de la cláusula y aceptando que la hipoteca sobreviva sin coste para los afectados, es decir, sin pagar intereses al banco.

Fuente: diario16.com