{"id":7331,"date":"2020-07-10T14:52:50","date_gmt":"2020-07-10T14:52:50","guid":{"rendered":"https:\/\/iberlegal.com\/home\/?p=7331"},"modified":"2023-05-10T22:20:49","modified_gmt":"2023-05-10T22:20:49","slug":"el-fallo-de-las-clausulas-suelo-pone-en-jaque-las-renegociaciones-por-el-irph","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/iberlegal.com\/home\/2020\/07\/10\/el-fallo-de-las-clausulas-suelo-pone-en-jaque-las-renegociaciones-por-el-irph\/","title":{"rendered":"El fallo de las &#8216;cl\u00e1usulas suelo&#8217; pone en jaque las renegociaciones por el IRPH."},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><strong>El TJUE permite las novaciones, pero insta a los jueces espa\u00f1oles a evaluar su transparencia<\/strong><br \/>\n<strong>Europa dice que la renuncia del cliente a ejercer acciones legales contra el banco no es vinculante<\/strong><\/p>\n<p>El fallo del Tribunal de Justicia de la Uni\u00f3n Europea (TJUE) sobre las renegociaciones de las\u00a0<i>cl\u00e1usulas suelo<\/i>\u00a0pone en jaque los\u00a0<a href=\"https:\/\/www.eleconomista.es\/empresas-finanzas\/noticias\/10454424\/03\/20\/La-banca-ofrece-cambiar-las-hipotecas-con-IRPH-a-euribor-para-evitar-litigios.html\">acuerdos a los que la banca est\u00e1 llegando con los clientes que tienen hipotecas ligadas al IRPH<\/a>\u00a0(\u00cdndice de Referencia de Pr\u00e9stamos Hipotecarios) para evitar litigios. La justicia europea determin\u00f3 en la sentencia que se conoci\u00f3 ayer que no se opone a las novaciones que las entidades realizaron con los clientes en materia de\u00a0<i>cl\u00e1usulas suelo<\/i>, pero s\u00ed se\u00f1ala que deben ser los tribunales espa\u00f1oles los que\u00a0<a href=\"https:\/\/www.eleconomista.es\/vivienda\/noticias\/10656173\/07\/20\/La-TJUE-declara-ilegal-la-exigencia-de-los-bancos-a-los-clientes-de-renunciar-a-la-via-judicial-en-la-renegociacion-de-las-hipotecas-con-clausulas-suelo.html\">analicen caso por caso si en esos pactos se dio falta de transparencia<\/a>. En el caso de que los jueces nacionales consideren que las renegociaciones fueron abusivas, los clientes podr\u00edan recuperar lo pagado de m\u00e1s por la existencia de estas cl\u00e1usulas en sus contratos hipotecarios.<\/p>\n<p>Seg\u00fan el TJUE, la renuncia del consumidor a las p\u00e9rdidas que le puedan suponer estos acuerdos y a no ejercer acciones legales debe partir del consentimiento informado. As\u00ed,\u00a0<b>la renegociaci\u00f3n del contrato puede ser abusiva si causa un perjuicio al consumidor y no ha sido negociado individualmente<\/b>, es decir, que el usuario no haya podido influir sobre el contenido del acuerdo.<\/p>\n<p>Tras el\u00a0fallo del tribunal europeo del pasado 3 de marzo sobre las hipotecas IRPH, que validaba el \u00edndice aunque instaba a los clientes a acudir a los tribunales para ver si se hab\u00eda comercializado con falta de transparencia, las entidades financieras comenzaron a buscar acuerdos\u00a0<i>in extremis<\/i>\u00a0con los clientes para evitar litigios. Concretamente, los bancos incrementaron los contactos con los consumidores para ofrecerles el\u00a0<b>cambio autom\u00e1tico del IRPH al euribor<\/b>. En la mayor\u00eda de los casos y seg\u00fan fuentes jur\u00eddicas, si el cliente acepta el pacto comenzar\u00e1 a pagar una cuota m\u00e1s baja de su hipoteca a partir de entonces, pero se cierra la puerta a que le devuelvan lo pagado de m\u00e1s durante los a\u00f1os anteriores.<\/p>\n<p>El tribunal europeo establece ahora que los pactos que incluyen la renuncia de ejercer acciones judiciales por parte de los clientes tambi\u00e9n pueden ser abusivos si el consumidor no ha dispuesto de la informaci\u00f3n pertinente que le hubiera permitido comprender las consecuencias jur\u00eddicas que se derivan de la cl\u00e1usula. De hecho, determina que las cl\u00e1usulas mediante las que el usuario renuncia a controversias futuras \u00abno vinculan al cliente\u00bb.<\/p>\n<div id=\"contentbox1\" class=\"contentbox\">\n<div id=\"contentbox-inline\"><strong>Rev\u00e9s al Supremo<\/strong><\/div>\n<\/div>\n<p>El fallo del jueves del TJUE, adem\u00e1s de suponer una nueva ola de litigios para las entidades, asesta un duro golpe a la decisi\u00f3n del Tribunal Supremo espa\u00f1ol de 2013, que determin\u00f3 abusivas las\u00a0<i>cl\u00e1usulas suelo<\/i>\u00a0pero cerr\u00f3 la puerta a las reclamaciones si se hab\u00eda llegado a un acuerdo con el banco. Ahora, seg\u00fan la Asociaci\u00f3n de Usuarios Financieros (Asufin),\u00a0<b>la decisi\u00f3n europea abre la puerta a reclamar a 500.000 consumidores<\/b>\u00a0que ten\u00edan cl\u00e1usula suelo en sus contratos hipotecarios y a\u00fan no han interpuesto demandas. La devoluci\u00f3n media que han realizado las entidades a los clientes por este motivo oscila entre los 4.500 euros y los 7.500 euros.<\/p>\n<p>A trav\u00e9s del procedimiento extrajudicial para reclamar puesto en marcha por el Gobierno a inicios de 2017, la banca\u00a0ya ha devuelto m\u00e1s de 2.300 millones\u00a0a unos 530.000 consumidores, que han recuperado una media de 4.500 euros, seg\u00fan datos del Ministerio de Econom\u00eda. No obstante, en este caso, el TJUE manda a los usuarios a los tribunales y no a la v\u00eda extrajudicial para que sea un juez quien determine si hubo falta de transparencia en las renegociaciones.<\/p>\n<p>Los Juzgados especializados de cl\u00e1usulas suelo, que dan la raz\u00f3n a los clientes en el 96% de los casos,\u00a0devuelven de media unos 7.500 euros, seg\u00fan informaron en su d\u00eda fuentes jur\u00eddicas a este diario. Por tanto, la nueva cifra de devoluciones para la banca\u00a0podr\u00eda sobrepasar los 2.000 millones de euros, en el escenario m\u00e1s adverso, es decir, en el caso de que todos los clientes reclamaran y, adem\u00e1s, ganaran.<\/p>\n<p>Fuente: www.eleconomista.es<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El TJUE permite las novaciones, pero insta a los jueces espa\u00f1oles a evaluar su transparencia Europa dice que la renuncia del cliente a ejercer acciones legales contra el banco no es vinculante El fallo del Tribunal de Justicia de la Uni\u00f3n Europea (TJUE) sobre las renegociaciones de las\u00a0cl\u00e1usulas suelo\u00a0pone en jaque los\u00a0acuerdos a los que la banca est\u00e1 llegando con los clientes que tienen hipotecas ligadas al IRPH\u00a0(\u00cdndice de Referencia de Pr\u00e9stamos Hipotecarios) para evitar litigios. La justicia europea determin\u00f3 en la sentencia que se conoci\u00f3 ayer que no se opone a las novaciones que las entidades realizaron con los clientes en materia de\u00a0cl\u00e1usulas suelo, pero s\u00ed se\u00f1ala que deben ser los tribunales espa\u00f1oles los que\u00a0analicen caso por caso si en esos pactos se dio falta de transparencia. En el caso de que los jueces nacionales consideren que las renegociaciones fueron abusivas, los clientes podr\u00edan recuperar lo pagado de m\u00e1s por la existencia de estas cl\u00e1usulas en sus contratos hipotecarios. Seg\u00fan el TJUE, la renuncia del consumidor a las p\u00e9rdidas que le puedan suponer estos acuerdos y a no ejercer acciones legales debe partir del consentimiento informado. 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